El Frente Justicialista por Tucumán se suma al rechazo del mega DNU de Macri
REPUDIO GENERALIZADO
Yedlin, Orellana y Medina mostraron su adhesión al comunicado emitido por el Bloque Justicialista contra el decreto macrista. Alerta sobre el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) que administra los ahorros de la ANSES.

Pablo Yedlin, durante la jura como diputado de la Nación. (FOTO: Secretaría de Comunicación Pública de Tucumán)
El Frente Justicialista por Tucumán rechazó el mega Decreto de Necesidad y Urgencia del presidente Mauricio Macri publicado la semana pasada en el Boletín Oficial y que tiene como objetivo la desburocratización y simplificación del Estado. Los diputados Pablo Yedlin, José Orellana y Gladys Medina ratificaron el repudio a la medida con su adhesión al comunicado emitido este martes por el Bloque Justicialista presidido por el salteño Pablo Kosiner, que sostiene que el decreto presidencial “atenta contra el rol del Congreso y la transparencia”.
"El Bloque Frente Justicialista por Tucumán, parte del interbloque Justicialista Argentina Federal, en conjunto con los otros bloques del espacio no acuerdan con la modalidad de legislar por DNU como acaba de hacerlo el gobierno nacional con el DNU 27. Son temas que no admiten ni urgencia ni necesidad. Y convocan al PE a respetar la división de poderes. Firman: diputados Pablo Yedlin, José Orellana, Gladys Medina", reza la misiva emitida por los diputados tucumanos.
El bloque nacional hizo especial hincapié en los cambios propuestos por el DNU macrista al Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) que administra los ahorros de la ANSES. Denunciaron que “los artículos 153 y 154 resultan claramente inconstitucionales, no se acredita ninguna urgencia ni circunstancia excepcional que amerite no cumplir con el trámite parlamentario de la sanción de la norma”. “Estas modificaciones no conducen a un Estado menos burocrático sino que intentan alterar estructuras legales de transparencia y responsabilidad estatal que son elementales”, señalaron.
El Ministerio de Modernización de la Nación explicó que con estas modificaciones se busca brindar al FGS "herramientas e instrumentos ágiles y apropiados para invertir sus activos de acuerdo a las mejores prácticas financieras modernas, sin dejar de privilegiar el fin social para el que fue creado", y que “el objetivo de esta modificación es que el FGS pueda invertir el dinero del sistema previsional con la mayor eficacia posible. Esto incluye desarrollar sistemas para expandir el programa de créditos ARGENTA, que otorgó casi cuatro millones de créditos a jubilados, pensionados y beneficiarios de AUH y Asignaciones Familiares por más de 70.000 millones de pesos.
"Con este mega-decreto en pleno verano, el oficialismo pretendió encontrar a los argentinos desprevenidos. Si no se analizan con seriedad estos cambios, pueden generar resultados muy nocivos para el país", indica la misiva de los diputados peronistas a la que adhirieron los parlamentarios tucumanos.
El decreto 27 suma así el rechazo del bloque Justicialista, que forma parte del interbloque Argentina Federal, señalado desde el macrismo como aliado estratégico en el Congreso Nacional. De hecho, en diciembre pasado Yedlin y Medina votaron a favor de las reformas impulsadas por el Gobierno Nacional. Previamente, el kirchnerismo se expresó en contra del mismo, y Agustín Rossi adelantó que desde ese espacio van a buscar llamar a una sesión especial "para derogar el DNU".
Los artículos 153 y 154, objetados por el interbloquebloque Justicialista:
FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD
Artículo 153.- Incorpórase como inciso e) al artículo 5 del Decreto N° 1023/01, sus modificatorias y complementarias, el siguiente texto: “e) Los comprendidos para operaciones relacionadas con los activos integrantes de la cartera del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Previsional Argentino”.
Artículo 154.- Autorízase a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en su carácter de Administrador del FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO, a constituir y/o estructurar fideicomisos, financieros o no, alquilar o prestar títulos y acciones y, en general, a realizar toda otra operación propia de los mercados financieros y bursátiles permitidas por las autoridades regulatorias, con observancia de los límites de los artículos 74 y 76 y las prohibiciones del artículo 75 de la Ley N° 24241 y sus modificatorias.