El Tribunal de Impugnación decidió no hacer lugar a la defensa de los autores del abuso sexual con acceso carnal, que solicitaba la nulidad del proceso.
Una de las marchas que se realizaron para pedir justicia por Andrea.
Este viernes fue ratificada la condena a 11 años de prisión efectiva para Rafael Benjamín Padilla, David Nicolás Aranda y Hugo Maximiliano Décima, encontrados culpables de cometer violación grupal contra la víctima Andrea Ponce en una vivienda de Burruyacú. Una sentencia dictada en mayo pasado y que había resultado impugnada por la defensa de los acusados.
Un año después de los hechos demostrados en el juzgado y tras algunas dilaciones en el proceso, finalmente los encontrados culpables deberán cumplir su condena en el penal de Villa Urquiza. Entre los condenados se encuentra el hijo de un exintendente de la mencionada ciudad (Padilla), que al momento de los hechos se desempeñaba como coordinador de Comunas Rurales Sección Este del Gobierno de Tucumán.
El proceso había llegado a instancias del Tribunal de Impugnación por pedido de la defensa de los acusados, quienes acusaban la adulteración de pruebas fílmicas desprendidas de la Cámara Gesell realizada a la víctima y consideraban la invalidez de algunos de los testimonios de personas presentadas como testigos.
“Se resolvió rechazar el planteo formulado por la defensa, considerando que además de no existir fundadas razones que permitan cuestionar la licitud del instrumento que contiene el testimonio de la víctima, existen en el proceso múltiples cauces que conducen al hecho que fue objeto de debate en la causa. Convergentes; coincidentes y corroborantes de ese relato”, consideró la jueza Patricia del Valle Carugatti, titular del Tribunal de Impugnación del centro Judicial Capital, sobre la impugnación planteada por la defensa a algunos extractos de la filmación de la Cámara Gesell a la víctima.
La magistrada, además, tuvo en cuenta tres proposiciones para su decisión final. La primera de ellas, los testimonios de testigos, principalmente el de Nahir Charif, anfitrión de la fiesta en la que se demostró ocurrió el hecho. En segundo lugar, la confirmación del perito médico Carlos Borsotto, quien constató las lesiones de la víctima en sus partes íntimas. Y, por último, hizo especial hincapié para desmontar el planteo de la defensa de los acusados que esgrimía que la víctima habría dado su consentimiento al acto grupal. Carugatti consideró que si bien una testigo manifestó que la víctima habría querido mantener relaciones sexuales con el acusado Padilla, esta decisión se modificó al momento que los acusados ingresaron a la habitación y la víctima, bajo los efectos del alcohol, les expresó su negativa taxativa y expresa. Conscientes de ello, continuaron con su proceder.
“Todo este análisis, a consecuencia de lo manifestado por el Dr. Mercado en sus alegatos de apertura, quien en sus consideraciones partes del estereotipo que las mujeres cuando dicen ‘no’, en realidad están diciendo ‘si’. Por lo cual la A quo, realiza toda una argumentación sobre el consentimiento libre de la mujer, y sobre los estereotipos”, reza en sus tramos finales la sentencia definitiva de la magistrada de Impugnación.
El 07/03/2021 a hs. 7:00 aproximadamente, la víctima Andrea Rosario Ponce, quien había asistido a una fiesta en la casa de Nahir Charif - ubicada en calle Salta 300 departamento Burruyacu de la provincia de Tucumán, junto a Rafael Benjamín Padilla, David Nicolás Aranda, se retiró a descansar en una de las habitaciones del citado domicilio -la habitación de Nahir Charif-, yendo por detrás de la misma Benjamín Padilla y David Aranda, quienes al ver al Ponce recostada en la cama, se tiraron encima, la sujetaban; tocaban en sus partes íntimas por encima de la ropa, aprovechando que la víctima debido a la ingesta de alcohol no podía consentir y resistir acto alguno, y que solo les decía que la dejen. Continuando Padilla y Aranda con su accionar, procediendo Benjamín Padilla a accederla vía vaginal y anal a la víctima Ponce, Luego se retiró Aranda del lugar, volviendo a la habitación junto con Maximiliano Décima, comenzando de nuevo a manosearla en sus partes íntimas, aprovechando que la víctima no podía resistirse. En esos momentos sonó el teléfono de Benjamín Padilla y se retiró, saliendo también David Aranda, quedando solamente Hugo Maximiliano Décima, quien procedió a acceder vía vaginal y anal a la víctima, sin su consentimiento, aprovechando que esta no podía consentir libremente relación u acto alguno, retirándose del lugar a horas 08.30 aproximadamente, cuando Nahir Charif abre la puerta lo ve desnudo a Décima tocándose su miembro (pene) y a la víctima acostada semidesnuda dormida, y lo corre.