La Cámara alta designó a los ocho senadores que analizarán el DNU del Presidente, mientras se espera los miembros de Diputados.
(Foto: @SenadoArgentina)
La presidenta del Senado, Victoria Villaruel, confirmó los ocho miembros que representarán a la Cámara alta en la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo que deberán tratar la validez o invalidez del Decretazo del presidente Javier Milei que modificó más de 300 leyes y ya está vigente. Todavía se espera los representantes de Diputados.
Serán 4 los senadores de los espacios peronistas que confluyeron en Unión por la Patria que integrarán la Bicameral, mientras que habrá un representante de La Libertad Avanza, uno de la Unión Cívica Radical, uno del PRO y uno de Cambio Federal. Ellos son:
Juan Carlos Pagotto (LLA)
Víctor Zimmermann (UCR)
Luis Juez (PRO)
Juan Carlos Romero (Cambio Federal)
Carlos Espinola (UxP)
Anabel Fernández Sagasti (UxP)
Mariano Recalde (UxP)
María Teresa González (UxP)
La ley que regula el régimen legal de los DNUs (Ley 26.122) establece en su artículo 3 que la Comisión Bicameral Permanente debe estar integrada por 8 diputados y 8 senadores.
Los legisladores deben ser designados por el Presidente de sus respectivas Cámaras a propuesta de los bloques parlamentarios "respetando la proporción de las representaciones políticas", completa el texto de la ley.
En Diputados, el bloque de Unión por la Patria apura para la conformación de la Bicameral, y se pronunció abiertamente en contra del Decretazo de Milei.
Los pasos para aprobar un DNU
Una vez publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo tiene 10 días para someter el DNU a consideración de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso de la Nación.
Si el Jefe de Gabinete no remite el DNU en el plazo establecido, la Comisión Bicameral se aboca de oficio a su tratamiento.
La Comisión Bicameral tiene 10 días para expedirse acerca de la validez o invalidez del decreto y elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento.
Las Cámaras no pueden introducir enmiendas, agregados o supresiones al texto del Poder Ejecutivo. Solo pueden aceptar o rechazar la norma mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.
En el Congreso
El DNU tiene varios caminos posibles en el Congreso: si ninguna Cámara decide tratarlo o si el documento es aprobado por una de ellas y rechazado por la otra, el DNU continúa vigente. En cambio, para que el decreto se caiga y pierda vigencia, debe ser rechazado por ambas cámaras.
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