ECONOMÍA

Dólares bajo el colchón: cómo abrir una Cuenta CERA y acceder al Blanqueo de Capitales

Hasta el 30 de septiembre se extiende el plazo para regularizar activos mediante una cuenta bancaria especial llamada CERA.

21 Sep 2024 - 19:51

Dólares bajo el colchón. (Foto tomada de Depositphotos)

El Paquete Fiscal que aprobó el Congreso a pedido del presidente Javier Milei permite ingresar en el sistema financiero ahorros en dólares u otra moneda extranjera que no hayan sido adquiridos de manera legal, lo que se conoce como Blanqueo de Capitales. Para hacerlo, los interesados deben abrir una Cuenta Cera (Cuenta Especial de Regularización de Activos).

Quienes quieran blanquear sus ahorros, deberán abrir una Cuenta CERA en su banco y realizar en ella el depósito correspondiente. De acuerdo al Banco Central, estas cuentas se abrirán a nombre de quienes accedan al blanqueo y deberán usarse exclusivamente para ese fin, y los montos deberán ser en pesos o en dólares.

Cómo abrir una Cuenta CERA

La Cuenta CERA se abre a través de los bancos, mediante homebanking o en las sucursales.

Una vez abierta, en un período de no más de 24 hs, se deberán depositar los fondos en efectivo o transferencias.

En el caso de transferencias desde el exterior del país, deberán provenir únicamente de cuentas propias.

Los bancos podrían cobrar comisiones por el mantenimiento de esta cuenta.

Requisitos para abrir una Cuenta CERA

Para abrir la Cuenta CERA se necesita o bien ser cliente del banco a realizar la Cuenta o no ser cliente, pero con los siguientes datos: nombre, apellido, correo, documento de identidad y constancia de CUIT/CUIL/CDI.  

En caso de que se trate de personas en relación de dependencia, se solicita el último recibo de sueldo, mientras que para autónomos se solicitará declaración jurada de ingresos brutos y último pago de aportes previsionales.

Por último, a monotributistas se les solicitará constancia de inscripción en el monotributo.

Cómo blanquear capitales en la Cuenta CERA

De acuerdo a la regulación, en caso de que el depósito sea de menos de U$S 100.000 los fondos deberán ser depositados antes del 30 de septiembre y deberán estar inmovilizados hasta esa fecha, o bien podrán ser invertidos sin realizar extracciones de dinero hasta esa fecha. A partir del primero de octubre se podrán extraer el dinero a costo cero o bien dejarlo invertido en el sistema de capitales.

En el caso de montos superiores a 100.000 dólares, se pagará cero impuestos siempre y cuando el monto blanqueado se deje depositado o invertido hasta el 31 de diciembre de 2025.

seguí leyendo

las más leídas