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Fallo de censura previa contra eltucumano: "Es grave para la libertad de prensa y para la República"

locura judicial

El juez en lo Civil de la I nominación, Pedro Yane Mana, ordenó a este diario eliminar publicaciones y prohibir futuros contenidos sobre la exjueza Valeria Brand, cuestionada por su desempeño judicial, además de una multa millonaria. "No sé si incluso hubo un delito de prevaricato”, afirmó Macario Santamarina, abogado de este medio, sobre la decisión del magistrado.

El juez Yane Mana dictaminó que eltucumano no hable más de su excolega Valeria Brand.-





En las últimas horas,  eltucumano.com recibió la notificación del fallo emitido por el juez Pedro Esteban Yane Mana, cuyo dictamen pasará a la historia como el primero en consagrar la censura previa en Argentina, basándose en la posibilidad de un daño futuro al honor de la cuestionada Valeria Brand, exjueza de Familia. Brand, quien enfrenta cuestionamientos públicos por su desempeño judicial, utilizó cuatro capturas de pantalla de notas periodísticas para demandar al diario eltucumano

La sentencia no sólo ordena la eliminación de las publicaciones y prohíbe futuros contenidos sobre la actora, sino que también impone costas y honorarios por más de $3.240.000, acompañados de astreintes diarias por incumplimiento, equivalentes a $200.000 diarios.

Tras la audiencia, Macario Santamarina, abogado de este medio,  dio una entrevista para la FM La Tucumana 95.9, donde explicó el fallo de Yane Mena, al que calificó de “locura”. “Hubo una audiencia donde había tres demandados:  un particular,  una página de internet básicamente y eltucumano. Esta demanda consistía en que este particular tenía una campaña sistemática de desprestigio hacia la doctora Brand, de la cual eltucumano supuestamente se hacía eco. Lo gracioso es que el autor de la campaña de desprestigio, en la sentencia dice que no es tal, no existe tal cosa como esa campaña por parte de este hombre. De hecho, la sentencia admite que todas las publicaciones se han hecho en el marco de la función pública o del intento de acceder a la función pública por parte de la exjueza, pero aun así determina que eltucumano borre algunas manifestaciones que hay en algunas de sus notas y en lo sucesivo se abstenga de efectuar nuevas publicaciones que aludan a la doctora Brand, en autos, de manera ofensiva injuriosa, agraviante o despectiva bajo apercibimiento de incursionar en el delito de desobediencia judicial, comunicándose a la justicia penal a efecto de que inicie una investigación y de aplicarse sanciones conminatorias a razón de 200.000 pesos diarios por cada día de retraso en el cumplimiento de la presente resolución”, explicó el abogado. 

El insólito fallo de Yane ordena:

- La eliminación inmediata de cuatro publicaciones cuestionadas.

- Prohibición de publicar cualquier contenido futuro sobre Valeria Brand.

- El pago de $3.240.000 en honorarios y costas legales.

- Astreintes de $200.000 diarios por incumplimiento.

Para nosotros esto es una locura. Si bien ha sido matizada la resolución con respecto a lo que prendía Brand,  porque habla de unas publicaciones en tonos injuriantes, aun así entiendo que la letra de la Convención y de la Constitución se han violado. Nosotros, más allá de las vías recursivas que ya hemos interpuesto, estamos viendo cuál es nuestro curso de acción desde el punto de vista legal, porque entendemos que es gravísimo, es realmente grave la resolución del doctor Yane Mana”, agregó Santamaria.

En su fallo sin precedentes, el juez Pedro Yane Mana introdujo el concepto de "difusión abusiva", al afirmar que "independientemente de la veracidad o no de la información, la eventual exactitud de la noticia no autoriza a difundirla abusivamente en desmedro del honor de las personas involucradas". Este criterio, desconocido en la legislación y jurisprudencia argentina, no solo desnaturaliza el rol de la prensa en un Estado democrático, sino que habilita una peligrosa herramienta de censura. La libertad de prensa, consagrada en el artículo 14 de la Constitución Nacional, no puede ser limitada bajo un estándar tan arbitrario, que distorsiona el deber de informar y abre la puerta a la persecución judicial de medios que ejercen el escrutinio público sobre figuras de relevancia." 

En ese sentido, al abogado de este medio afirmó que el magistrado ─excandidato a legislador en 2015 y exfuncionario alfarista en la municipalidad de San Miguel de Tucumán─ “nos dejó en situación de indefensión completa porque varió el objeto de la audiencia”: “Nosotros fuimos a discutir si en el futuro eltucumano iba a poder este publicar o no con respecto a la doctora Brand, si era el ejercicio legítimo del derecho del periodista y este juez mutó la audiencia. Es como que nos pusimos a ver el contenido pasado de las notas, lo que se hace además en otro tipo de proceso, a ver si existe un daño o no en una nota y por supuesto nos deja en estado de indefensión, pero eso es técnico”. “Yo creo que el dato importante es que en contra de lo que dice el artículo 14 de la Constitución Nacional, que garantiza la libertad de prensa y prohíbe la censura previa, y el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, tiene la misma jerarquía para nosotros, que también prohíbe bajo todo punto de vista la censura previa y dice que las publicaciones periodísticas responden a posterior por los daños que pudieran ocasionar, este juez nos dice ‘ustedes a futuro no pueden escribir así’ y entiendo que es gravísimo. Veremos más allá del recurso la posible responsabilidad del juez en esta situación”, sentenció.

“Yo digo que es particularmente grave. Más allá de la cuestión concreta si Brand, si este caso puntual o no, este fallo puede generar un precedente jurisprudencial que es particularmente grave para la libertad de prensa, para la República, porque esto es aplicable en el caso concreto a eltucumano, pero si lo dejamos como jurisprudencia puede ir a cualquier medio y puede llegar un juez y decirle ‘señores ustedes no pueden hablar y si hablan, hablen así porque de otra forma no pueden y aunque sea verdad no lo digan así’.  Epa. Yo creo que es particularmente grave”, reiteró Santamarina.

Sobre los pasos a seguir, el letrado aseguró que el fallo será apelado. “Tenemos 10 días para presentar un escrito que llama expresión de agravio, explicando punto por punto cuáles son los agravios. Yo en la propia audiencia adelanté que había lesionado el derecho de defensa del diario, la interpretación correcta del artículo 14 de la Constitución, el 13 Convención, y vamos a demostrar por qué en este caso sí hay censura previa. Lo que nosotros tenemos que evaluar también es eventualmente la responsabilidad de un juez, hay que ser muy responsable cuando se es un representante de un poder del Estado, pero yo no sé si incluso hubo un delito de prevaricato”, avisó.

Y cerró: “Por lo pronto en 10 días hábiles tendremos presentado el memorial de los agravios y seguramente el año que viene ya tendremos este el trámite ante la Cámara de Apelación. Por supuesto vamos a hacer la reserva para irnos a la Corte de Tucumán, a la Corte de la Nación y la Corte Interamericana. Realmente es grave para nosotros”.